normativa__sobre_reconocimiento_y_transferencia_de_creditos_en_la_UCLMEn general, se entiende por reconocimiento de créditos la aceptación por la Universidad de Castilla-La Mancha de los créditos que, habiendo sido obtenidos por el alumno en unas enseñanzas oficiales superiores en esta u otra universidad, son computados en otra distinta a efectos de la obtención de un título oficial.
Podrá solicitarse el Reconocimiento de créditos, on-line a través de Secretaría Virtual, en las siguientes circunstancias:
- Reconocimiento de créditos entre enseñanzas oficiales de grado, en base a las siguientes reglas:
- Reconocimiento de créditos entre enseñanzas de grado y títulos del sistema universitario anterior al RD 1393/2007:
- Reconocimiento de Créditos por actividades universitarias: Se podrán reconocer hasta 6 créditos Optativos por la participación de los estudiantes en actividades universitarias, culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación en la UCLM.
- Reconocimiento de estudios superiores no universitarios: Podrán ser reconocidos en titulaciones oficiales de grado estudios cursados en enseñanzas de formación profesional de grado superior, en base a los acuerdos de colaboración suscritos entre la Universidad y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Transferencia de Créditos: implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos superados en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial