La normativa de doctorado establece una duración máxima de los estudios de doctorado de tres años, para el caso de dedicación a tiempo completo, o de cinco años, para el tiempo parcial. No obstante, si transcurrido dicho plazo no se hubiera defendido la tesis, la comisión académica responsable del programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por uno (en dedicación a tiempo completo) o dos (a tiempo parcial) años que, excepcionalmente, podrán ampliarse por otro adicional en las condiciones establecidas por dicha comisión. A efectos de estos cómputos no se tendrán en cuenta las bajas temporales autorizadas.
Los doctorandos y sus supervisores pueden conocer la fecha límite de que disponen para la defensa de la tesis en su expediente en RAPI. Dicha fecha es el resultado del tiempo transcurrido desde su primera matrícula, los posibles cambios por una modificación de dedicación autorizada, las prórrogas autorizadas y las interrupciones de cómputo por bajas temporales autorizadas. Todos los trámites finalizados con éxito que afectan a dicha fecha se muestran en el enlace "Ver más" del expediente en RAPI.
Los doctorandos que lo precisen podrán solicitar una de las siguientes prórrogas, según sus circunstancias:
- Primera prórroga, por uno o dos años según el régimen de dedicación a la tesis en que se encuentren matriculados en ese momento.
Próximo a finalizar el periodo ordinario de realización de la tesis, los estudiantes que lo necesiten deberán comunicar a la EID esta necesidad (en un correo electrónico a doctorado@uclm.es, identificándose con nombre, apellidos, DNI y programa de doctorado en el que se encuentran). Los técnicos de la Escuela, autorizados por acuerdo del Comité de Dirección de la EID celebrado el 18 de junio de 2020, podrán mecanizar esta primera prórroga sin más trámites.
- Ampliación excepcional por un año más
La ampliación excepcional que pudiera ser necesaria tras el agotamiento de esa primera prórroga sí debe ser solicitada expresa y justificadamente por el interesado/a siguiendo las instrucciones detalladas a continuación, teniendo en cuenta que es la última prórroga posible por lo que deberá tenerse en cuenta para la planificación de los trámites de defensa en esta última anualidad.
- Prórroga extraordinaria por la COVID-19.
Los estudiantes afectados por el primer estado de alarma decretado en España para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en marzo de 2020 podrán optar a una prórroga extraordinaria de 79 días naturales por el tiempo en que estuvieron suspendidos términos y plazos, según lo detallado en su procedimiento.
IMPORTANTE:
- La renovación de matrícula en un curso académico no implica la prórroga de este plazo máximo (ni viceversa).
- La fecha límite para la defensa de la tesis resultante tras agotar todas las opciones de prórroga es definitiva.
PROCEDIMIENTO
El procedimiento a seguir es el siguiente:
- Acceder al procedimiento en la sede electrónica enlazado más arriba.
No es preciso disponer de certificado de firma electrónica. Puede utilizarse las credenciales de alumno UCLM para iniciar el trámite.
Debe contar con la conformidad TODOS los directores de la tesis, para la que se puede utilizar el modelo de documento disponible en el apartado IMPRESOS. El documento debe ser firmado correctamente por todos los directores y codirectores. En caso de optar por la firma manuscrita, se realizará sobre el documento impreso y se subirá el PDF escaneado, conservando el original por si fuera reclamado en algún momento del procedimiento.
- Recibida la solicitud en la Escuela Internacional de Doctorado y hechas las comprobaciones oportunas se trasladará la solicitud a la comisión académica correspondiente para su resolución.
Todo el proceso y la resolución final puede ser consultada por el doctorando a través de la propia sede electrónica.
- En caso de resolución favorable, la EID introducirá la nueva fecha límite en el expediente del alumno y, simultáneamente, aparecerá el dato en RAPI, donde también podrá ser consultado.